sábado, 10 de diciembre de 2011

INFORME DEL SUBCOMITE DEL SENADO DE EE.UU. SOBRE LA CORRUPCION DE OBIANG


                      Permanent Subcommittee on Investigations  




Historial del caso Obing (preliminares) :

De 2004 a 2008, Teodoro Obiang Nguema Mangue, hijo del Presidente de Guinea Ecuatorial, ha utilizado abogados de EE.UU, a banqueros, a agentes inmobiliarios, y a los agentes de depósitos en garantía para mover US $ 110 millones en fondos sospechosos en los Estados Unidos. 

Obiang es objeto de una investigación penal en curso de los EE.UU, además de la corrupción en las denuncias presentadas por Francia, y una audiencia del Subcomité de 2004 que muestra como la Banca Riggs, facilitó a funcionarios de Guinea Ecuatorial la apertura de cuentas y la participación en transacciones sospechosas.


Dos abogados, Michael Berger y George Nagler, ayudaron a Obiang a eludir los controles anti-lavado de dinero ("AML") en instituciones financieras de  EE.UU. , por lo que le permite el uso de abogado-cliente, de asesoría jurídica, y las cuentas de la compañía Shell, como conductos para sus fondos y sin alertar al banco sobre el uso de las mismas. 

Dos agentes inmobiliarios, Neal Baddin y John Kerrigan, ayudaron a Obiang a compar y vender bienes inmuebles de lujo en California, incluyendo la compra de una residencia de $ 30 millones en Malibú con dinero de los fondos transferidos de Guinea Ecuatorial, que operan sin ningún tipo de obligación legal de investigar el origen de sus fondos. Obiang también utiliza un agente de depósitos para comprar un jet Gulfstream, construrido en EE.UU., por valor de  $ 38,3 millones. Cuando un agente de custodia, McAfee & Taft, teniendo en cuanta la Ley Patria sobre lavado de dinero, se negó a proceder sin información sobre el origen del dinero, otro agente  de custodia, International Airline Titulo Service, Inc, se prestó a completar la transacción sin hacer preguntas.

Obiang también trajo grandes cantidades de dinero sospechoso a los EE.UU, mediante la adopción de ventajas de los sistemas bancarios que no fueron programados para bloquear las transferencias electrónicas efectuadas a su nombre.